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CONTRATOS PETROLEROS

Por WALTER SPURRIER BAQUERIZO

"El gobierno quería cambiar los contratos de participación a servicios. Por suerte, no lo ha hecho."

Todos los gobiernos, desde que comenzamos a producir petróleo, ha buscado el medio de mejorar la participación del Estado en los ingresos que genera el crudo, con frecuencia, cambiando el contrato. El actual no es excepción.

La diferencia económica entre una modalidad contractual y otra es quién corre con el riesgo minero. Cuando el riesgo se lo percibe alto, se busca que la contratista lo asuma; lo que hoy llamamos contratos de participación. Cuando el riesgo se lo percibe bajo, el Estado se manifiesta deseoso de asumirlo: los contratos de servicio.

La diferencia es que el riesgo tiene como contrapartida una remuneración: quien asume el riesgo de perder, tiene derecho a que ese riesgo se remunere.

Los contratos no pueden cambiarse cada vez que el mercado se altera, y en nuestro criterio, en el largo plazo, los contratos de servicios son inconvenientes.

Bajo la modalidad de participación, el Estado recibe de la contratista un porcentaje del crudo producido libre de polvo y paja. Además, la operadora, como toda empresa, paga impuesto a la renta; mientras que mejor le va, mayor los impuestos que paga al Fisco.

Este gobierno heredó en su mayor parte contratos de participación. Vio que a medida que subían los precios del petróleo, crecían las utilidades de las petroleras privadas. Sintió que bajo esas condiciones el contrato de participación no es el que asegura el mejor ingreso para el Estado. De ahí que, más allá de la Ley 42 que reparte a favor del Estado la renta por los precios extraordinarios, planteó que los contratos cambien a la modalidad de servicios: que el riesgo lo corra el Estado y que la empresa solamente reciba un reembolso por lo invertido más un honorario por sus servicios.

Eso se veía sumamente atractivo a mediados de julio, cuando el crudo ecuatoriano había casi triplicado su precio de USD 45 a inicios del gobierno a USD 125.

Pero de entonces a acá el precio ha bajado de USD 125 a USD 30. Bajo estas condiciones, un contrato de servicios es inconveniente, ya que la contratista recibe su pago y al Estado no le queda renta.

Hoy, con el precio del crudo tan bajo, independientemente del costo de producción, el Estado recibe de las contratistas un porcentaje de la producción sin costo alguno; siempre tiene una renta. Si ya se hubiese cambiado a contrato de servicios, no quedaría nada para el Estado.

Hay, cierto es, la propuesta de ir a contratos de servicios en los que la contratista asuma el riesgo; un tipo de contrato que se lo puede sintetizar como de: “si el precio sube yo gano, si baja tú pierdes”. Pero no veo factible que una empresa petrolera acepte un contrato de esas características.

Olvidémonos del cambio de contrato.


 

 






 

 

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